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LÍNEA III: CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL. Sublínea 1: Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo

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01/2019

Adopción de acuerdos laborales de teletrabajo

REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS
Empresas que no pertenezcan a los sectores TIC de la economía y que:
- Formalicen, al menos, un acuerdo de teletrabajo, por un período de tiempo no inferior a 2 años, con una persona ya vinculada a la empresa por contrato laboral y jornada completa, con una antigüedad de por lo menos un año
- Contraten ex novo a personal en la modalidad de teletrabajo a jornada completa, y firmen con la persona trabajadora un acuerdo que regule esta situación por un período de tiempo no inferior a 2 años

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